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Negocio

¿Cómo gestionar la formación bonificada por FUNDAE?

academy@itop.es
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La Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, FUNDAE (antigua Fundación Tripartita) es la entidad colaboradora y de apoyo técnico del Servicio Público de Empleo Estatal, SEPE, en materia de formación profesional para el empleo. También tiene funciones de apoyo al Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social en el desarrollo estratégico de este sistema de formación.

Fundae pertenece al sector público estatal, aunque su naturaleza es privada, y está adscrita al protectorado del Ministerio de Cultura y Deporte. Está compuesta por la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y las organizaciones empresariales y sindicales más representativas a nivel estatal (CEOE, CEPYME, UGT, CCOO y CIG).

¿De qué se encarga FUNDAE?

El trabajo de FUNDAE es contribuir a que empresas y trabajadores mejoren las competencias que les permitan afrontar los cambios del mercado laboral y los sectores productivos mediante una formación de calidad.

Se encarga de gestionar los fondos destinados a la formación programada por las empresas que podrán hacer efectiva mediante bonificaciones en sus cotizaciones a la Seguridad Social. Favorece el acceso, mediante subvenciones, a una formación gratuita y de calidad para todas las personas trabajadoras (en activo y desempleadas).

La importancia de la formación de los empleados

Como hemos comentado en varias ocasiones, la formación de los empleados es uno de los factores más importantes que intervienen en el éxito de las empresas, por lo que estas deben enfocar parte de su atención en aumentar los conocimientos de sus empleados tratándolos como una inversión a largo plazo para el futuro que responda a sus necesidades.

El conocimiento y las habilidades de los profesionales dentro de las empresas es un activo fundamental para su desarrollo, los empleados deben actualizarse con el paso del tiempo para no quedarse atrasados con respecto a los continuos avances tecnológicos que se van produciendo en la sociedad y que les ayudarán a desenvolverse mejor en el trabajo, además de otros beneficios.

La formación bonificada por FUNDAE

FUNDAE ofrece bonificaciones para las empresas para que a través de unos créditos puedan realizar alguna formación o curso. Este crédito del que disponen las empresas para la formación de sus trabajadores, se hace efectivo mediante bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social que pagan las empresas.

El importe del crédito resulta de aplicar a la cuantía ingresada a la Seguridad Social por cada empresa el año anterior, en concepto de cuota de formación profesional, el porcentaje que anualmente se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Ese porcentaje se determina en función del tamaño de las empresas, de tal forma que cuanto menor sea el tamaño de la empresa mayor será dicho porcentaje.

Algunos requisitos a tener en cuenta en relación a la formación bonificada por FUNDAE:

  • Las empresas que incorporen nuevos trabajadores, bien por abrir nuevos centros de trabajo o por nueva creación: 65 euros por cada nuevo trabajador.
  • Es importante tener en cuenta que si la empresa tiene más de 5 trabajadores, está obligada a asumir un porcentaje del total de los costes que comunique en la aplicación a lo largo del año. Para el cálculo de esta aportación, se tendrán en cuenta los costes salariales de los trabajadores formados durante el horario de trabajo.
  • Para calcular el crédito de las empresas, habría que acceder a la aplicación telemática de FUNDAE con el certificado digital de la empresa y entrar en “datos económicos” para ver dicho crédito.
  • Las empresas que concedan permisos individuales de formación a sus trabajadores dispondrán de un crédito adicional cuyos criterios para su importe se determinan mediante Orden del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
  • En todo caso, la empresa deberá someter las acciones formativas a información de la representación legal de los trabajadores. El incumplimiento por parte de la empresa de esta obligación impedirá la adquisición y, en su caso, el mantenimiento del derecho a la bonificación (siempre y cuando esa empresa tenga RLT).
  • El porcentaje del coste del curso que una empresa puede bonificar como máximo, dependerá del tamaño de su empresa (como indicaremos más adelante).
  • Respecto al importe máximo que una empresa puede bonificar por curso es hasta 13 euros/h y alumno en la formación presencial superior, 9 euros/h y alumno en la formación presencial básica y 7.5 euros y alumno en la formación online, siempre y cuando se disponga de crédito suficiente.
  • Para que el curso o formación online sea bonificada no hay un % fijo de horas a realizar pero en la descripción actual lo define como “un número razonable de horas”. Por tanto, podemos estimar en torno a un 70% y haber completado el curso.

gestionar bonificación fundae

¿Cómo acceder a la bonificación FUNDAE?

Calcular el crédito de nuestra empresa

Para ello hay que tener en cuenta:

  • A: La plantilla media del año anterior.
  • B: La cotización del total de trabajadores por contingencia de formación profesional.
  • C: El tamaño de la empresa, según la cuota por formación del año anterior.

Conforme al tamaño de nuestra empresa, los porcentajes de la bonificación que cubriría el crédito son los siguientes:

  • 1 – 5 trabajadores: cantidad mínima de 420€
  • 6 – 9 trabajadores: 100% de la cotización por formación profesional
  • 10 – 49 trabajadores: 75% de la cotización por formación profesional
  • 50 – 249 trabajadores: 60% de la cotización por formación profesional.
  • 250 y más trabajadores: 50% de la cotización por formación profesional.

El resto sería aportado por la empresa bonificada como cofinanciación privada, es decir una empresa de 10-49 trabajadores que se bonificaría el 75% del coste del curso (hasta un máximo de 13 euros/hora en una formación presencial por ejemplo) tendría que aportar el 25% como cofinanciación privada.

Dentro de esta cofinanciación privada se podría descontar un % dependiendo si los alumnos han recibido dicha formación en su horario laboral. Como norma general, el coste se hallará con base a la masa salarial de la empresa. Para su acreditación, será necesario conservar copia de los recibos de liquidación de cotizaciones del año anterior o certificación de haberes, y cálculo realizado respecto a los trabajadores formados.

Darse de alta en la aplicación

El crédito se solicita a través de la aplicación específica de FUNDAE. El mismo puede ser gestionado por la empresa (a quien se destina la bonificación), o mediante una empresa organizadora como, por ejemplo, nuestra academia Itop Academy.

Informar a la Representación Legal de los Trabajadores

En caso de que nuestra empresa contenga algún tipo de Representación Legal de Trabajadores, deberemos notificarle, con la documentación correspondiente, las acciones formativas que estén por llevarse a cabo. En un lapso de 15 días, la RLT deberá responder, con informe mediante, sobre la aprobación o desaprobación de la formación propuesta. Si se rechaza la acción formativa, 15 días más serán otorgados para llegar a un acuerdo entre empresa y RLT.

Comunicar el inicio del curso

Una vez nos hayamos dado de alta las acciones formativas desde la aplicación de FUNDAE, especificando modalidad, duración, objetivos y contenidos, comunicaremos el inicio del curso. Luego, comunicaremos el comienzo de la formación, con al menos dos días de anticipación con respecto al día de inicio. Aquí tendremos que señalar fechas, lugar, formador y destinatarios.

Realizar la formación o curso

 En cuanto a la realización del curso, hay que tener en consideración las siguientes cuestiones:

  • La acción formativa debe ser necesariamente gratis para los destinatarios.
  • El curso no puede durar, en su totalidad, menos de dos horas.
  • El curso de formación tampoco podrá exceder las 8 horas al día, excepto si se trata de una formación de un solo día.
  • La cantidad de participantes no podrá superar los 30 en modalidad presencial (en caso de ser un Certificado de profesionalidad, los 25).
  • Tampoco deberá exceder los 80 por tutor en modalidad online o de teleformación.
  • En la modalidad presencial, deberá acatarse el Modelo de control de Asistencia (para la formación online, las plataformas tendrán que contar con la posibilidad de registrar la actividad de los participantes).
  • Finalizada la formación, los participantes deberán rellenar un cuestionario de evaluación del curso.
  • Los participantes deben recibir el respectivo certificado de asistencia o diploma, durante un plazo no mayor a dos meses desde el término de la formación.

Comunicar la finalización del curso

Tendremos que notificar la finalización de la acción formativa desde la aplicación, especificando la fecha de finalización. Deberemos aportar los siguientes datos:

  • Información de los participantes que finalizaron el curso (al menos el 75 % del mismo).
  • Presupuestos y costes de la acción formativa (directos, indirectos y de organización).
  • La cantidad y mes en el que nos bonificaremos.

Bonificar la formación

Cuando ya hayamos comunicado la finalización de la formación, la bonificación podrá ser aplicada hasta la presentación del boletín del mes de diciembre del mismo año, a través de los recibos de Liquidación de Cotizaciones a la Seguridad Social. Estos son los requisitos que debemos tener en cuenta para aplicar la bonificación:

  1. Estar al corriente de pago frente Agencia Tributaria y Seguridad Social.
  2. En su caso, haber informado a la RLT.
  3. Haber comunicado el inicio, realizado y comunicado la finalización de la formación.
  4. La bonificación de la formación se aplica por el sistema de Liquidación Directa (código 763 -clave del fichero FAN CA80- bonificación formación continua), donde se especificará el importe comunicado en la aplicación.

Consultar el resultado

Durante los próximos 4 años deberemos conservar la documentación acreditativa de la formación, por la que se te ha aplicado la bonificación. Finalizado el proceso, será el SEPE quien se encargue de comprobar las bonificaciones, para corroborar la corrección de las mismas, y se lo notificará posteriormente a FUNDAE. En caso de que esta comprobación fuera desaprobada, se nos informará acerca de la misma, brindando motivos y otorgando 10 días para llevar a cabo las alegaciones correspondientes.

¿Estás buscando una empresa organizadora?

En Itop Academy, como empresa organizadora acreditada, llevamos más de 10 años gestionando la bonificación de las formaciones de las empresas, de las cuales el 100% de las formaciones y las gestiones fueron realizadas con éxito.

Desde que fundamos nuestra academia de formación online, hemos ofrecido diferentes cursos online de SAP Business One, Pentaho, Moodle y más, muchos de los cuales han sido realizados por empresas mediante la bonificación por FUNDAE, la cual nos hemos encargado de gestionar.

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